¿Qué residuos genero habitualmente y cómo debo separarlos?
Consulta en esta tabla la información necesaria de cómo gestionar los residuos.
Residuos sanitarios
Con relación a los residuos sanitarios clase I (papel, cartón, metales, vidrio, restos de comida, etc.) y los residuos sanitarios de clase II (“residuos biosanitarios asimilables a urbanos”) (p.e., vendajes, gasas, guantes y otros desechables quirúrgicos), los poseedores estarán obligados a entregarlos a las entidades locales, en las condiciones que determinen las ordenanzas.
Residuos sanitarios especiales (biosanitario, clase III, o citotóxicos, clase VI)
Deberá garantizar que los materiales sanitarios especiales se entregan a un gestor de residuos autorizado. La normativa también admite que los residuos sean tratados en el lugar de producción, para lo cual se deberá disponer de la correspondiente autorización de gestión.
Biorresiduos o materia orgánica
Se podrán depositar en el punto público de recogida de residuos situado en la vía pública o, en su caso, en el contenedor facilitado por la Mancomunidad para uso de tu establecimiento, que será objeto de una recogida especial dos veces a la semana.
¿Qué depositar?
¿Qué no depositar?
Papel y cartón
Se podrá depositar plegado en el punto público de residuos situado en la vía pública en iglús azules o, en su caso, en tu contenedor azul facilitado por la Mancomunidad para el uso de tu establecimiento, para lo cual se prevé una recogida especial, dos veces a la semana.
En ningún caso se puede tirar o dejar al lado de contenedores de residuos en la calle.
¿Qué depositar?
¿Qué no depositar?
Vidrio
Se podrá depositar en el punto público de residuos situado en la vía pública en los iglús verdes.
¿Qué depositar?
¿Qué no depositar?
Envases
Se podrán depositar en el punto público de residuos situado en la vía pública en el contenedor o iglú de color amarillo.
¿Qué depositar?
¿Qué no depositar?
Resto
Se podrán depositar en el contenedor de color verde o gris situado en la vía pública.
¿Qué depositar?
¿Qué no depositar?
No se podrán depositar las fracciones que tienen su propio contenedor o sistema de recogida separada (biorresiduos, papel y cartón, vidrio, envases).
Residuos que deben ser depositados en el punto limpio o recogidos por servicios especiales de recogida del ayuntamiento o mancomunidad
Los puntos limpios permiten la recogida separada de determinados residuos comerciales en pequeñas cantidades. Si pretendes entregar cantidades importantes, debes ponerte en contacto previamente con la Mancomunidad a través del siguiente correo electrónico: autonomosmicroempresas@sierranorte.madrid
No podrán depositarse aquellos residuos sanitarios que tengan concretas exigencias de gestión en el Decreto 83/1999 de la Comunidad de Madrid.
Nunca se deben depositar este tipo de residuos en la vía pública, junto a los puntos de recogida de residuos o dentro de los contenedores. Suelen ser residuos o muy contaminantes o muy voluminosos que interfieren la recogida diaria de los contenedores de calle y ponen en peligro a los ciudadanos.
¿Qué depositar?
¿Y si tengo más dudas?
Si quieres saber más sobre los requisitos que debes cumplir en materia de residuos, accede a nuestros contenidos especializados.
Si quieres plantear alguna duda o consulta, mándanos un correo electrónico a: autonomosmicroempresas@sierranorte.madrid.
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